miércoles, 1 de octubre de 2014

Reglas de la Cámara de Comercio Internacional de París

Reglas de la Cámara de Comercio Internacional de París


Realizado por: Estefanía Mirás 


  1. Objetivos
  2. Condiciones de entrega ( Incoterms)
2.1. Clasificación
2.2. Distribución de documentos
2.3. Condiciones de entrega de la mercancía
2.4. Distribución de gastos y riesgos que suponen la operación


  1. Objetivos de la Cámara de Comercio Internacional de París (CCI)
  Tiene como principal objetivo dirigir los intereses de las empresas, así como transmitirle a los gobiernos dichos intereses y necesidades; generar, recopilar y actualizar los Incoterms; elaborar códigos de buenas prácticas, y guías para favorecer el entendimiento entre todas las partes de la transacción.
  1. Incoterms
  Son cláusulas realizadas en operaciones de comercio internacional (terrestre, marítima o de cualquier vía), que distinguen la diferencia entre, la transferencia del riesgo, del coste y de la propiedad, lo que facilita el entendimiento de responsabilidades de cada una de las partes. Su principal objetivo es reducir el riesgo de confrontaciones, delimitando las obligaciones en los intercambios internacionales. Los Incoterms, no son leyes, sino recomendaciones, por lo que no contemplan: las consecuencias del incumplimiento del contrato por alguna de las partes, la forma de pago y el precio de la mercancía, ni la transmisión de la propiedad de la mercancía, entre otras cosas (todos estos factores deberían especificarse en el contrato).
      2.1. Clasificación
  Actualmente, hay once Incoterm, desde la versión 2010, que es a la que nos referiremos en adelante. Son: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP, DDP, FAS, FOB, CFR y CIF.
   Los Incoterms pueden dividirse en grupos, según las responsabilidades comunes.
  • Incoterms E (EXW): el vendedor dispone las mercancías al comprador en sus propias instalaciones; por lo que es el comprador el responsable de todos los costes y trámites del transporte.
  • Incoterms F (FCA, FAS y FOB): el vendedor entrega la mercancía en el medio de transporte que ha sido elegido por el comprador, pero no corre con los costes del transporte.
  • Incoterms C (CFR, CIF, CPT y CIP): el vendedor es el responsable de los costes del transporte, pero los riesgos los asume el comprador.
  • Incoterms D (DAT, DAP y DDP): el vendedor se hace cargo de los costes y riesgos del transporte hasta el país de destino
           2.2. Distribución de documentos
El vendedor debe proporcionar la documentación necesaria para la exportación, y el comprador la necesaria para la importación. En el resto de trámites, el responsable dependerá del Incoterm utilizado. Por ejemplo, en el EWW, todas las formalidades son responsabilidad del comprador. Por el contrario, en el DDP, todos los documentos corren a cuenta del vendedor.
            2.3.Condiciones de entrega de la mercancía
EXW: El vendedor entrega la mercancía en sus propias instalaciones, sin despacharla ni cargarla.
FCA: El vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al comprador en el lugar convenido.
FAS (únicamente marítimo): El vendedor realiza la entrega, cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
FOB (Incoterm únicamente marítimo): El vendedor realiza la entrega de la mercancía.
CPT: El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición de un porteador elegido por él, pero corre con los gastos del transporte hasta que la mercancía llegue al destino final.
CFR (únicamente marítimo): El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque convenido y corre con los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al destino acordado.
CIP: El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del porteador y corre con los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido y con la contratación del seguro.
CIF (únicamente marítimo): El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque convenido y paga los costes, el flete y el seguro.
DAP (entrega en el lugar): El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada y preparada para la descarga en el lugar de destino convenido.
DAT (entrega en terminal): La mercancía es entrada en el puerto o lugar de destino una vez es descargada del medio de transporte de llegada.
DDP: El vendedor entrega la mercancía despachada para la importación y preparada para su descarga en el lugar del destino convenido.
      2.4. Distribución de gastos y riesgos que suponen la operación
En los Incoterms del grupo de los C (CPT, CIP, CFR y CIF), los costes recaen en el vendedor, y los riesgos en el comprador. En los demás Incoterms, tanto riesgos, como costes van unidos, recayendo sobre la misma parte.En los Incoterm EXW, FAS y FOB, los gastos y los riesgos recaen sobre el comprador. En el DAT, recaen sobre el vendedor. Y finalmente, en los Incoterms FCA,DAP y DDP,son las partes las que deciden sobre ciertas obligaciones y no el Incoterm en sí (aunque por regla general, en el FCA, los costes suelen ir a cargo del comprador, y en el DDP y en el DAP, a cargo del vendedor)


    


Fuente: Negociación y contratación internacional.Pilar Caballero Sánchez de Puerta

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